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Los patinetes eléctricos podrán circular por bidegorri en San Sebastián, pero no por aceras, parques o zonas peatonales

Los vehículos de movilidad personal con motor (patinetes eléctricos, hoverboards, segway y otros dispositivos similares) podrán circular por las vías reservadas para bicicletas, pero no por las aceras, Parte Vieja, parques o zonas peatonales. Es la principal medida recogida en la resolución que ha elaborado el Ayuntamiento a través de su Departamento de Movilidad, y que estará en vigor de forma transitoria hasta la aprobación de la ordenanza definitiva. El Ayuntamiento, además, realizará una campaña de sensibilización para promover la correcta utilización de los nuevos elementos de movilidad que circulan por nuestras calles. 

 

La proliferación de nuevos vehículos motorizados de diverso carácter y tipología ha llevado al Departamento de Movilidad a tomar cartas en el asunto y adelantarse a la próxima regulación básica prevista por parte de la Dirección General de Tráfico. En tanto en cuanto la DGT no establezca el marco regulatorio general y el Ayuntamiento no  elabore la ordenanza municipal definitiva derivada de ésta que recoja la realidad de estos nuevos vehículos, el consistorio donostiarra ha optado por aprobar una resolución que estará vigente de forma transitoria. 

Así, ha tipificado los vehículos en tres categorías, conforme a sus características de tamaño y mecánica, estableciendo un marco de uso conforme a cada caso. 

 Categorías
Vehículo de Movilidad Personal (VMP, con motor eléctrico) y Aparatos de Movilidad Personal (AMP, sin motor)

 -Grupo 0: Anchura máxima: 70 centímetros. Longitud  máxima: 1,2 metros. Capacidad máxima: 1 persona (patinete y monopatín sin motor)

-Grupo 1: Peso: igual o menor de 25 kilos. Velocidad máxima: 25 km / hora. Anchura máxima: 70 centímetros; Longitud máxima: 1,20 metros. Capacidad máxima: 1 persona. Motor eléctrico. Edad mínima: 16 años. Luz delantera y trasera. Sistema de frenado. (patinetes eléctricos, hoverboards y otros dispositivos motorizados)

-Grupo  2.:  (segway, otros vehículos eléctricos con asiento). Peso y tamaño superior a las anteriores categorías. Edad mínima: 18 años. Casco homologado: obligatorio. Sistema de frenado. Luz delantera y trasera. Prenda reflectante, en condiciones nocturnas o de baja visibilidad. 

 

Como norma general, los vehículos y aparatos de movilidad personal (VMP) no podrán circular por las aceras, la Parte Vieja, los parques públicos y las zonas peatonales. Por el contrario, tales vehículos podrán circular por aquellos itinerarios en los que esté permitida la circulación de bicicletas en los parques públicos, respetando la prioridad peatonal.

Los y las menores de hasta 12 años podrán circular por aceras, Parte Vieja, parques y zonas peatonales en aparatos de movilidad del grupo cero (monopatines, sancheskys o patinetes sin motor), al cargo de una persona mayor y al mismo paso que los peatones y sin causar molestias a estos.

Las vías ciclistas o bidegorris, segregadas físicamente el resto del tráfico y de las zonas destinadas a peatones, podrán ser utilizados por personas en aparatos de movilidad del grupo 0 o vehículos del grupo 1, incluidos los que lleven motor.

En los itinerarios ciclistas en coexistencia con zonas de prioridad peatonal, los aparatos de movilidad del grupo cero y los vehículos de movilidad del tipo 1 podrán circular siempre que respeten la señalización existente, respeten la preferencia del paso de peatones, la velocidad máxima sea de 10 kilómetros hora, mantengan una distancia de seguridad de un metro al rebasar o cruzarse un peatón. Cuando la aglomeración peatonal impida rebasar a los viandantes, el conductor tiene la obligación de descender y continuar andando con el aparato en la mano.

 
Calzadas

Los patinetes del grupo cero no podrán circular en ningún caso por la calzada. Los patinetes eléctricos del tipo uno, cuando circulen por la calzada, circularán por el carril de la derecha pudiendo ocupar la parte central del mismo.

Los vehículos VPM con motor de tipo 2 sólo podrán circular por la calzada, salvo en las calles donde tengan expresamente prohibida la circulación (Paseo de la Ribera de Loiola, Paseo de Bizkaia, Federico García Lorca, Avenida de Carlos I, Zumalakarregi y Avenida Tolosa), donde no podrán circular. Su límite de velocidad será de 30 kilómetros  por hora y no podrán circular por los carriles reservados al transporte público o carriles bus. Además, los vehículos de esta categoría que se utilicen para el desarrollo de una actividad de alquiler, deberán estar debidamente rotulados para su identificación.

 

Estacionamiento

Los patinetes y monopatines del grupo cero, o los patinetes eléctricos no podrán estacionar en acera o en barras destinadas al aparcamiento de bicicletas, a m enos que exista una reserva de espacios o baras de aparcamiento de bicicletas dedicadas y señalizadas específicamente para ello.

Los vehículos VPM del grupo 2 se asimilarán en lo referente al estacionamiento a los ciclomotores y por tanto no podrán estacionar en las aceras ni en las barras destinadas al aparcamiento de bicicletas.- Sólo podrán estacionar en los espacios específicamente señalizados para motocicletas y ciclomotores. En caso de que no existan zonas reservadas a su estacionamiento, estos vehículos estacionarán en las bandas de aparcamiento señalizadas, perpendicularmente al bordillo, sin invadir el carril de circunlación y ocupando el menor espacio de aparcamiento posible, excepto en zonas de OTA comercial y zona de Residentes, sin infringir la normativa de accesibilidad.

Sanciones

Hasta que no se apruebe la nueva ordenanza, el régimen sancionador será el mismo que se aplica en la normativa general de tráfico. 

 

Decálogo de buenas prácticas

Junto a la aprobación de este reglamento, el Departamento de Movilidad pondrá en marcha una campaña de sensibilización, que se concretará en un decálogo de buenas prácticas para el uso de las diferentes tipologías de vehículos. Así, la campaña recalca que ees recomendable respetar las normas de utilización, edad, espacios donde se puede circular, etc. Además, se recomienda el uso del casco homologado, así como la contratación de un seguro de responsabilidad civil. 

1.- Recuerda que la circulación con los Vehículos de Movilidad Personal NO podrá efectuarse NUNCA por las aceras.

2.- Las características del Vehículo de Movilidad Personal (Velocidad máxima, masa y dimensiones) definirán por donde y cómo puedes circular. 

3.- Recuerda que existe una limitación de edad mínima según las características del Vehículo de Movilidad Personal. Por tu seguridad y la de los demás, respeta la edad establecida.

4.- No olvides que cuando te subes en un Vehículo de Movilidad Personal no eres un peatón, sino que conduces un vehículo y por tanto debes cumplir las normas de circulación y respetar al resto de usuarios de las diferentes vías y zonas, especialmente a aquellos más vulnerables como los Peatones y Ciclistas.

5.- Hazte ver. Enciende las luces y utiliza prendas reflectantes siempre que vayas a circular con los Vehículos de Movilidad Personal.

6.- Revisa y mantén en buenas condiciones tu Vehículo de Movilidad Personal, haciendo especial hincapié en los frenos y el estado de las ruedas. Recuerda que la distancia de frenada en mojado es mayor.

7.- Presta atención a tu entorno, no utilices auriculares o teléfonos móviles, evita las tapas de las alcantarillas y los charcos. Extrema la precaución en superficies que puedan ser muy resbaladizas durante y después de la lluvia. 

8.- Guarda tu Vehículo de Movilidad Personal, tanto en origen como en destino, en un lugar seguro sin ocupar el espacio público. Llevate contigo tu Vehículo de Movilidad Personal cuando dejes de circular con él, sin dejarlo en la calle y evitando de esa manera posibles robos.

9.- Recuerda que es recomendable para los VMP 1M y obligatorio para los VMP 2M la utilización de casco homologado.

10.- Para tu tranquilidad, contrata un seguro de responsabilidad civil.

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