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Campaña informativa sobre viviendas y habitaciones para uso turístico

El Departamento de Turismo, Comercio y Consumo ha iniciado una campaña informativa orientada a los dueños de viviendas y habitaciones para uso turístico. El objetivo de la campaña es explicar a los arrendatarios la obligación de inscripción de la vivienda en el registro del Gobierno Vasco, así como la normativa que deben cumplir para poder realizar la actividad.

Las viviendas y habitaciones para uso turístico son aquellas que, según la ley 13/2016 de Turismo, “se publiciten o comercialicen por precio, como alojamiento por motivos turísticos o vacacionales, siendo cedidas temporalmente por la persona propietaria a terceros, de forma reiterada o habitual”.

Cuando aún no se ha cumplido un año de su aprobación, el Departamento de Turismo ha querido recordar a los arrendadores los deberes y obligaciones recogidos por la Ley. En este sentido, la campaña recomienda la consulta en el ayuntamiento para verificar el cumplimiento de la normativa urbanística para poder realizar la actividad, así como la consulta en la Diputación Foral de las obligaciones fiscales a las que se está sujeto.

Asimismo, el anuncio incide en la obligatoriedad de presentar una declaración responsable ante el Gobierno Vasco y así inscribirse en el Registro de Empresas Turísticas. Por último, la campaña explica que el incumplimiento de la normativa conlleva importantes sanciones.

La campaña, que inicialmente tendrá una duración de 2 semanas, se está desarrollando en radio y prensa escrita, a través de cuñas grabadas por el Consejero, Alfredo Retortillo.Si el titular de la actividad es una persona jurídica, obligatoriamente ha de presentar la declaración responsable en formato electrónico desde la sede electrónica del Gobierno Vasco en www.euskadi.eus o desde la página web del Departamento de Turismo, Comercio, y Consumo www.euskadi.eus/gobierno-vasco/turismo/ “Procedimientos”.

Cuando la persona titular de la actividad sea una persona física, la declaración responsable la puede presentar en formato electrónico o bien, en soporte papel, en la Oficina Territorial respectiva. En este último caso los formularios los puede descargar desde el apartado “Procedimientos”, de la mencionada página web.

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